¿Estás cerca de cumplir la edad pensional o el fondo de pensiones te negó la pensión de vejez?
Sabemos que has trabajado toda tu vida para asegurar tu futuro y el de tu familia, y es frustrante cuando las entidades niegan tu derecho, liquidan mal tu mesada o te dicen que no cumples los requisitos.
¡Nosotros defendemos tu derecho pensional!
Evaluamos detalladamente tu historia laboral, recalculamos tus semanas cotizadas bajo los últimos fallos de las Altas Cortes y exigimos la pensión que por ley te corresponde.
Consulta gratuita por WhatsAppLa pensión de vejez
Es el derecho que reconoce el Sistema de Seguridad Social para garantizar el ingreso económico durante la vejez. En nuestra firma te brindamos asesoría jurídica en los siguientes aspectos clave:
- Estudio pensional: evaluamos si cumples con la edad y el número real de semanas requeridas para pensionarte.
- Corrección de historia laboral: reclamamos los tiempos que tus empleadores no pagaron o que el fondo borró de tu reporte oficial.
- Liquidamos la mesada pensional: realizamos una proyección de la mesada pensional y auditamos las matemáticas de la resolución pensional para verificar que te estén pagando el monto máximo legal.
- Traslado de fondo: analizamos si te conviene demandar para regresar a Colpensiones o trasladarte a un fondo privado según tu perfil.
Requisitos legales
Para acceder a la pensión de vejez en el régimen de prima media con prestación definida (Colpensiones), debes cumplir de manera obligatoria con los siguientes requisitos:
- Edad mínima: contar con 57 años de edad si eres mujer, o 62 años de edad si eres hombre.
- Semanas para hombres: haber cotizado un mínimo de 1.300 semanas en cualquier tiempo.
- Semanas para mujeres: haber cotizado el mínimo legal correspondiente al año actual debido a la reducción gradual ordenada por la Corte Constitucional.
Así te podemos ayudar
Nuestra firma tiene el siguiente plan de acción:
- Estudio de viabilidad: analizamos tu historia laboral con herramientas de cálculo propias para detectar semanas ocultas, mal contadas, no cotizadas o en mora.
- Reclamación administrativa: preparamos y presentamos la solicitud formal de pensión ante Colpensiones o el fondo privado, y reclamamos los periodos que tu empleador no pagó.
- Defensa judicial: si la entidad te niega el derecho o te liquida a la baja, demandamos ante la justicia laboral para obligar el pago correcto de tu pensión.
Preguntas frecuentes
¿Cómo funciona la reducción de semanas de pensión para las mujeres?
La Corte Constitucional determinó que exigirles 1.300 semanas a las mujeres es inconstitucional. Por eso, ordenó una reducción gradual: a partir del año 2026, el requisito baja a 1.250 semanas y seguirá disminuyendo a razón de 25 semanas por cada año posterior, hasta estabilizarse de forma definitiva en un tope mínimo de 1.000 semanas cotizadas. En nuestra firma exigimos este beneficio para que te pensiones antes.
¿Qué pasa si cumplí la edad, pero no alcanzo a completar las semanas mínimas?
Si ya tienes la edad (57 años mujeres / 62 hombres) pero no puedes seguir cotizando para alcanzar el mínimo de semanas, no pierdes tus ahorros. Tienes derecho a solicitar la indemnización sustitutiva de vejez (en Colpensiones) o la devolución de saldos (en fondos privados). Nosotros gestionamos este trámite ante las entidades para garantizar que te paguen la indemnización correcta o te regresen el capital total acumulado con sus respectivos rendimientos.
¿Se pueden usar las semanas cotizadas por encima de las 1.800 semanas para aumentar mi pensión?
Sí. La Corte Suprema de Justicia aclaró que las semanas cotizadas que sobrepasen las 1.800 deben tenerse en cuenta para incrementar la tasa de reemplazo de tu pensión de vejez, permitiéndote alcanzar el tope máximo legal permitido del 80% de tu ingreso promedio (IBL). Nosotros recalculamos tu historial para exigir este aumento.
¿Cuáles son los errores más comunes al liquidar una pensión?
Los más frecuentes son un ingreso base de liquidación (IBL) mal calculado, semanas cotizadas que no fueron contabilizadas y la aplicación de una tasa de reemplazo incorrecta. En nuestra firma auditamos las matemáticas de la resolución pensional para verificar que te estén pagando el monto máximo legal.
¿Necesito ir a Bogotá para tramitar mi pensión de vejez?
No es necesario viajar a Bogotá, ya que todo el proceso se realiza de forma virtual. La consulta y recolección de documentos por WhatsApp, junto con el trámite del proceso judicial mediante plataformas digitales de internet, nos permiten brindar servicios jurídicos con la misma efectividad en todo el país sin inconvenientes.